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Como descalificar una vivienda de protección oficial

A la hora de facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos con unas rentas más bajas, hay varias alternativas disponibles. Una de ellas es posibilitar la compra de vivienda a un precio accesible, por debajo del valor de mercado.

como descalificar una vivienda de protección oficial

La Administración Pública, a través de sus Comunidades Autónomas, han encontrado en la vivienda de protección oficial esa posibilidad de facilitar la adquisición de una vivienda con unas condiciones muy favorables a los ciudadanos que cumplen con determinados requisitos.

¿Qué es una vivienda de protección oficial (VPO)?

Las viviendas de protección oficial (VPO) cumplen con determinados requisitos legales, administrativos y fiscales. Además, de los varios requisitos imprescindibles, hay condiciones, establecidas reglamentariamente, que se deben cumplir, por ejemplo las condiciones de uso, destino y precio.

Una de las características que debe tener la vivienda para que pueda ser clasificada como VPO es su superficie de construcción, que no puede superar los 150m2.

Tanto los compradores como los promotores obtienen ciertos beneficios de una vivienda que es clasificada como VPO. A cambio de esos beneficios deben cumplir con determinadas obligaciones durante el tiempo de protección de la vivienda. Pasado ese tiempo, la vivienda de protección oficial podrá ser descalificada y dejará, entonces, de estar sujeta a los requisitos iniciales.

Pasos para descalificar una vivienda de protección oficial

A la hora de vender una vivienda VPO, los propietarios deben hacerlo en el precio máximo permitido o bien descalificarla previamente para venderla a precio libre. Para descalificar una vivienda de protección oficial hay que realizar algunos pasos, siempre que ya haya pasado el régimen de protección legal que suelen ser de 15 años.

Este paso implica la devolución de las ayudas que se han obtenido con la compra pero, a cambio, poder vender a precio libre podrá ser ventajoso.

Terminado de cumplir el tiempo del régimen de protección legal, es posible realizar la descalificación voluntaria de la vivienda. Iniciar el proceso de descalificación implica rellenar el modelo 030 y realizar el pago de una tasa.

Tanto el modelo como el justificante del pago de la tasa se presentarán en cualquier oficina de asistencia en materia de registro administrativo (OAMR) de la Comunidad Autónomo correspondiente, junto con la escritura de la vivienda y el DNI del titular.

En el caso de una vivienda con más de un titular, es necesario presentar también una declaración jurada indicando que no se causa perjuicios a terceros. Este paso se podrá realizar, igualmente, de forma telemática.

Una vez presentada la documentación y pagada la tasa correspondiente, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación comprobará si se cumplen los requisitos y notificará al interesado la resolución.

En la notificación habrá la información necesaria para dar seguimiento al proceso, por ejemplo, los organismos oficiales a los que habrá que dirigirse para comprobar si es necesario realizar la devolución de alguna ayuda recibida.

Aunque en algunos casos pueda ser necesario devolver alguna suma, no siempre sucede. Después de este paso, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación responderá informando que el inmueble está descalificado.


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