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Cómo actuar ante el impago de alquiler de un piso

Alquilar un piso puede llevar consigo ciertos riesgos como el de que el inquilino no pague; si esto ocurre, ¿sabes qué medidas debes de tomar? Conoce en nuestro blog de Madrid Vivienda cómo actuar ante el impago del alquiler de un piso.

Cómo actuar ante el impago de alquiler de un piso

¿Qué hacer ante el impago de alquiler de un piso?

Existen ciertas medidas que nos ayudarán a saber qué hacer ante el impago de alquiler de un piso, ya que el propietario de la vivienda puede demandar en cuanto se deje de pagar el primer mes y sin necesidad de que se acumulen más situaciones, pero siempre se intentará llegar a un acuerdo amistoso antes de realizar alguna de la siguientes acciones, como telegrama, aviso por vía notarial o burofax, que se enviará por correos al domicilio alquilado y con acuse de recibo y certificación de contenido.

En el aviso previo se deberá de incluir la cantidad pendiente de pago y un plazo suficiente desde que se comunica para que se realice el pago. En caso de que esto último no ocurra, se podrá emprender la demanda legal.

Cuando se ha cumplido el plazo del pago del citado aviso, y el inquilino no ha pagado ni se ha llegado a un acuerdo amistoso entre ambas partes, el propietario podrá iniciar el procedimiento judicial de reclamación o desahucio por falta de pago.

Cómo actuar ante el impago de alquiler de un piso

En este procedimiento se pedirá que se pague la deuda y que en caso se impago, se desahuciará al inquilino.

Cómo es el procedimiento judicial de reclamación

A continuación os especificamos cómo es el procedimiento judicial de reclamación: 

– En los juzgados de primera instancia del domicilio alquilado se presenta la demanda.

– El juzgado será quien se encargue de notificarlo en el domicilio de la vivienda alquilada y se publicará por edicto si no se logra contactar con el interesado por segunda vez.

– El inquilino puede pagar la deuda en cualquier momento antes del juicio y el procedimiento de desahucio se paralizará, excepto en dos casos:

1) Que sea el segundo procedimiento de desahucio por impago del inquilino.

2) Que desde la recepción del burofax y la fecha en que se puso la demanda de desahucio haya pasado más de un mes, sin que el inquilino haya intentado pagar la deuda.

Cómo actuar ante el impago de alquiler de un piso

En caso de que la deuda no se pague o si se paga, pero con alguna de las dos excepciones mencionadas anteriormente, el procedimiento acabará con el desahucio del inquilino, el cual será forzoso si este último no abandona la vivienda por su propia voluntad, según las siguiente medidas:

1) El juzgado será el encargado de señalar una fecha en la que acudirá el abogado del arrendador con el oficial del juzgado.

2) Si el inquilino no se marcha de propia voluntad, se hará un segundo intento al que esta vez se acudirá con la policia.

¿Qué os parecen estos consejos para saber cómo actuar ante el impago de alquiler de un piso?


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